Especialidad en Derecho Laboral y Riesgos del Trabajo

Abogados Expertos en Accidentes Laborales & Reclamos ART

Asesoría legal integral para trabajadores que sufrieron un siniestro laboral o un accidente in itinere. Reclamamos la máxima indemnización por accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y reclamos ante la ART. Garantizamos tus derechos ante lesiones, secuelas e incapacidad bajo la Ley de Riesgos del Trabajo.

¿Te lesionaste trabajando o yendo al trabajo?

Tenés derecho a atención médica completa, pago de salarios caídos,rehabilitación y una compensación económica proporcional a tu incapacidad. No firmes ningún acuerdo con la ART sin un abogado de confianza que defienda tu reclamo.

+ 0
Antiguedad del Estudio
+ 0
Casos con Éxito
CABA, GBA y Provincias
0 %
Honorarios a resultado
Marco Legal

¿Qué es un Accidente Laboral y cómo te protege la ley?

Si sufriste un accidente durante tu jornada de trabajo o en el trayecto habitual hacia o desde tu empleo, la Ley de Riesgos del Trabajo (Ley 24.557) y sus normas complementarias te amparan de manera integral.
El sistema argentino obliga a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) contratada por tu empleador a brindarte cobertura desde el primer minuto, sin importar quién haya tenido la culpa del siniestro y sin que debas adelantar un solo peso de tu bolsillo.

Esta normativa te permite reclamar prestaciones médicas inmediatas, el pago de salarios caídos (Incapacidad Laboral Temporaria) y una indemnización económica por cualquier secuela, secuela psicológica o incapacidad permanente resultante.
Cuando la ART rechaza el accidente, demora la atención o te ofrece una compensación inferior a la que corresponde, podés impugnar esa decisión ante la Comisión Médica jurisdiccional o iniciar acciones judiciales con patrocinio especializado.

Cobertura legal — Ley 24.557

Situaciones cubiertas por la Ley de Riesgos del Trabajo

Abogado de accidentes laborales dentro del establecimiento de trabajo en Buenos Aires — caídas, golpes, atrapamientos, amputaciones, electrocuciones, quemaduras y traumatismos ocurridos en fábricas, depósitos, oficinas, obras y comercios cubiertos por el art. 6 de la Ley 24.557.
01

Accidentes dentro del establecimiento

Cualquier siniestro súbito mientras desempeñás tus tareas o cumplís órdenes del empleador: caídas, atrapamientos, golpes, cortes, electrocuciones, intoxicaciones o esfuerzos desmedidos.

Cubre todos los ámbitos
  • Oficinas
  • Fábricas
  • Comercios
  • Obras en construcción
  • Depósitos
  • Transporte
  • Espacios al aire libre
Abogado de accidentes in itinere en Buenos Aires — siniestros sufridos durante el trayecto habitual entre el domicilio y el trabajo en colectivo, tren Sarmiento, Mitre, Roca y San Martín, subte, moto, auto, bicicleta o caminando, equiparados al accidente laboral por el art. 6 inciso 1 de la Ley 24.557.
02

Accidentes "in itinere"

Siniestros en la vía pública durante el trayecto directo entre tu domicilio y tu trabajo, sin desvíos personales. Aplica de ida y de vuelta.

Eventos cubiertos
  • Caídas en la vereda
  • Choques
  • Atropellos
  • Robos con violencia
  • Hechos fortuitos
Cualquier medio
  • Colectivo
  • Tren
  • Bicicleta
  • Moto
  • Auto particular
Abogado de enfermedades profesionales reconocidas por el Listado del Decreto 658/96 — hernias de disco lumbares y cervicales por levantar peso, lumbalgias, hipoacusia inducida por ruido, túnel carpiano, tendinitis, várices por bipedestación, dermatitis, neumopatías y trastornos psíquicos por estrés laboral.
03

Enfermedades profesionales

Afecciones físicas o psíquicas desarrolladas progresivamente como consecuencia directa de tu actividad laboral, reconocidas en el Decreto 658/96.

Patologías reconocidas
  • Hipoacusia laboral
  • Hernias por esfuerzo
  • Lumbalgias
  • Várices
  • Dermatitis
  • Intoxicaciones químicas
  • Estrés post-traumático
Información Clave

Qué Debés Saber tras un Accidente Laboral

Tras un siniestro laboral tenés derechos claros e irrenunciables bajo la normativa argentina vigente. Si sufriste un accidente en el trabajo, en el camino al mismo o durante actividades relacionadas al empleo, es fundamental actuar con rapidez y conocimiento de los plazos y obligaciones que establece el régimen de riesgos del trabajo.
Un movimiento mal hecho puede traducirse en una indemnización menor o incluso en el rechazo total del reclamo, por eso conviene tener clara cada etapa antes de firmar cualquier documento.

Debés informar el accidente a tu empleador cuanto antes, idealmente el mismo día del hecho y por escrito o a través de un medio que deje constancia (mail, telegrama laboral, mensaje fehaciente). El empleador está obligado a denunciar el siniestro ante la ART contratada en un plazo perentorio, y la aseguradora a su vez tiene términos legales concretos para pronunciarse sobre la cobertura.

  • La ART debe brindarte las prestaciones médicas necesarias, incluyendo consultas con especialistas, estudios complementarios (radiografías, resonancias, tomografías), tratamientos quirúrgicos, medicación, sesiones de kinesiología y rehabilitación hasta el alta definitiva.
  • A partir de que la ART recibe la denuncia, tiene hasta 10 días hábiles para aceptar o rechazar formalmente el accidente laboral o la enfermedad profesional. El silencio o la falta de respuesta también puede ser interpretada como aceptación tácita y abre la puerta al reclamo.
  • Si la ART rechaza tu reclamo o te da una atención deficiente, podés recurrir ante la Comisión Médica jurisdiccional dependiente de la SRT, o iniciar acciones legales con asesoramiento profesional para obtener la cobertura que te corresponde.

La ART tiene la obligación legal de cubrir prestaciones completas y abonar tu salario en concepto de Incapacidad Laboral Temporaria (ILT) según lo establece la normativa vigente del sistema de riesgos del trabajo. Estos derechos son irrenunciables: ni el empleador ni la aseguradora pueden recortarlos por costumbre, antigüedad ni por presentar dificultades administrativas.

  • Pago de salario completo durante el período de incapacidad temporaria por el accidente, calculado sobre tus remuneraciones habituales (sueldo bruto, adicionales, horas extras y rubros remunerativos).
  • Indemnización por incapacidad permanente parcial o total, o por secuelas debidamente certificadas, calculada en función de tu edad, salario, porcentaje de incapacidad reconocido y el factor de ponderación legal.
  • Cobertura completa de gastos médicos, rehabilitación, traslados (remises o vehículos sanitarios), prótesis, ortesis, medicamentos y reentrenamiento profesional si fuera necesario para tu reincorporación.
  • Incluso si la ART te da el alta médica antes de tiempo o consideras que la curación no fue completa, podés impugnar esa decisión con asistencia legal para garantizar que tus derechos no sean vulnerados y obtener nuevos estudios, tratamientos y la indemnización proporcional al verdadero alcance de tus secuelas.

El accidente no solo se considera cuando ocurre dentro del lugar de trabajo. Si sufriste un siniestro durante el trayecto habitual entre tu casa y tu empleo o el regreso, este también está reconocido como accidente in itinere bajo la normativa argentina y queda dentro de la cobertura de la ART.
Para que el hecho sea reconocido, el recorrido debe ser el habitual y sin desvíos relevantes por motivos personales (excepto los previstos por la ley, como llevar a un hijo al jardín o asistir a un familiar enfermo, debidamente declarados ante el empleador).
Quedan comprendidos atropellos, choques en moto o auto, caídas en el transporte público, robos con lesiones físicas o psicológicas y todo evento súbito ocurrido en el camino directo casa–trabajo y trabajo–casa.

Si la ART no responde adecuadamente, demora la atención, oculta turnos médicos, limita prestaciones, o si tu incapacidad y secuelas no son correctamente reconocidas, un abogado especialista en accidentes laborales y reclamos ART puede marcar una diferencia decisiva en el resultado de tu caso. Las aseguradoras son empresas privadas con un objetivo claro: pagar lo menos posible. Cualquier error técnico, falta de documentación o prueba insuficiente será utilizado para rechazar o minimizar tu reclamo.

  • Acompañamiento integral durante todo el trámite del reclamo o demanda ante la ART, ante la SRT y en sede judicial si fuera necesario.
  • Patrocinio en la presentación ante la Comisión Médica para determinar correctamente el porcentaje de incapacidad y defender tus intereses con sustento técnico-jurídico frente a los argumentos de la aseguradora.
  • Impugnación de altas médicas prematuras o insuficientes y negociaciones técnicas con la aseguradora para asegurar una compensación justa y acorde a tus secuelas reales.
  • Representación legal en juicio si la ART rechaza, dilata o intenta minimizar tus derechos, accionando por la vía civil cuando corresponde la reparación integral por daños y perjuicios.

Contar con asesoramiento desde el primer día no solo mejora tus posibilidades de éxito, sino que también te protege frente a tácticas habituales de las aseguradoras: ofertas express con montos muy inferiores a los que corresponden, llamados telefónicos para firmar acuerdos rápidos, demoras intencionales, prestadores deficientes o derivaciones inadecuadas.
Recordá: nunca firmes nada con la ART sin antes consultarlo con un profesional de tu confianza.

Tus Derechos

¿Qué Cobertura Debe Brindarte tu ART?

Las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) están legalmente obligadas a garantizar tu atención integral y sin costo, desde la asistencia médica de urgencia hasta las indemnizaciones económicas que correspondan si tus lesiones generan incapacidad temporal o permanente.
Conocer en detalle qué prestaciones podés exigir es fundamental para no aceptar coberturas recortadas, prestadores deficientes o liquidaciones por debajo del piso indemnizatorio establecido por la Ley 24.557 y sus modificatorias.

Atención Médica Completa

Cobertura absoluta y sin copagos de estudios diagnósticos, consultas con especialistas, intervenciones quirúrgicas, internaciones, kinesiología, psicología, insumos médicos, ortopedia y todos los medios necesarios para tu recuperación funcional y reinserción laboral, incluyendo la rehabilitación integral hasta tu recuperación efectiva o el alta definitiva.

Pago de Salarios Caídos

Garantía del pago íntegro de tu remuneración mientras dure tu Incapacidad Laboral Temporaria, calculado sobre tu sueldo bruto y rubros remunerativos habituales, hasta el alta médica o el reconocimiento de la incapacidad definitiva.

Indemnización por Incapacidad

Compensación económica obligatoria por cualquier incapacidad o secuela permanente derivada del siniestro, calculada según tu edad, ingreso base, porcentaje de incapacidad reconocido y los topes legales actualizados por la SRT.

Defensa Legal Integral

Protección activa de tus derechos frente a rechazos infundados de la aseguradora, altas médicas anticipadas, demoras en turnos, prestadores deficientes y ofertas indemnizatorias por debajo del monto que legalmente te corresponde.

Marco Legal · Ley 24.557 · Ley 26.773 · Ley 27.348

Tipos de Incapacidad Laboral y Cuánto te Corresponde

La indemnización que la ART debe pagarte depende del tipo y grado de incapacidad que se te asigne en la Comisión Médica jurisdiccional.
Conocer las cuatro categorías legales y los pisos mínimos vigentes es la mejor forma de no aceptar una compensación inferior a la que la ley argentina te garantiza.

  1. Etapa
    transitoria
    Etapa transitoria
    ILT

    Incapacidad Laboral Temporaria

    Período durante el cual no podés trabajar mientras te recuperás. Se inicia al día siguiente de la Primera Manifestación Invalidante (PMI) y finaliza con el alta médica, con la declaración de incapacidad permanente, al cumplirse 2 años desde la PMI o por fallecimiento.

    Los primeros 10 días los abona el empleador; desde el día 11 los paga la ART como prestación dineraria mensual equivalente al Ingreso Base (art. 13 LRT).

    • Cobertura médica integral
    • Salario equivalente al Ingreso Base
    • Hasta 24 meses
    • Art. 13 LRT
  2. Hasta
    65,99 %
    Hasta 65,99 %
    ILPP

    Incapacidad Permanente Parcial

    Aplica cuando el accidente o enfermedad profesional dejó secuelas permanentes inferiores al 66 %, calificadas según el baremo del Decreto 659/96 (actualizado por el Decreto 549/2025).

    Hasta el 50 %: indemnización de pago único. Entre 50 % y 65,99 %: renta periódica con opción de pago único. Si el siniestro ocurrió en el establecimiento o estando a disposición del empleador, suma un 20 % adicional conforme al art. 3 de la Ley 26.773.

    • Pago único hasta 50 %
    • Renta periódica ≥ 50 %
    • +20 % Ley 26.773
    • Decreto 549/2025
  3. ≥ 66 %
    incapacidad
    ≥ 66 % incapacidad
    ILPT

    Incapacidad Permanente Total

    Aplica cuando la disminución de tu capacidad de trabajo es igual o superior al 66 %. Te corresponde el retiro definitivo por invalidez del régimen previsional sumado a una prestación complementaria a cargo de la ART.

    Incluye una renta periódica vitalicia y una prestación adicional de pago único, todas con piso indemnizatorio mínimo legal actualizado semestralmente por el índice RIPTE.

    • Retiro por invalidez
    • Renta vitalicia
    • Pago único adicional
    • Piso RIPTE actualizado
  4. Asistencia
    de tercero
    Asistencia de tercero
    Gran Invalidez

    ILPT con asistencia continua

    Es una ILPT agravada: además de presentar una incapacidad igual o superior al 66 %, el trabajador necesita asistencia continua de otra persona para los actos elementales de la vida diaria (art. 10 LRT).

    A las prestaciones de la ILPT se suma una renta mensual vitalicia adicional destinada a cubrir el costo del cuidador, con piso actualizado semestralmente por RIPTE.

    • Todas las prestaciones de ILPT
    • Renta vitalicia adicional
    • Cobertura del cuidador
    • Art. 10 LRT
Casos de Máxima Gravedad

Accidentes Fatales y Gran Invalidez: Derechos de la Familia y del Trabajador

Cuando un accidente laboral provoca el fallecimiento del trabajador o una incapacidad superior al 66 %, la legislación argentina prevé un régimen indemnizatorio especial con prestaciones agravadas y derechos para los familiares. Estas situaciones requieren un abordaje específico, sensible y técnicamente impecable.

¿Quiénes Pueden Reclamar?

Si un trabajador fallece por accidente laboral o in itinere, la indemnización por muerte (art. 18 LRT) corresponde a los derechohabientes: cónyuge o conviviente, hijos menores de 21 años (o discapacitados sin límite de edad) y, en su defecto, los padres del trabajador. Asistimos a las familias en la acreditación de los vínculos, la obtención de partidas y la presentación ante la Comisión Médica.

¿Qué se Cobra por Fallecimiento?

La ley establece una indemnización por muerte de pago único con piso mínimo actualizado por RIPTE, más una compensación dineraria adicional conforme el art. 11.4 LRT. Si el accidente fue por culpa grave del empleador o falta de seguridad, sumamos un juicio civil por reparación integral que cubre daño moral, valor vida, lucro cesante y pérdida de chance económica de los herederos.

Gran Invalidez (art. 10 LRT)

Cuando la incapacidad supera el 66 % y el trabajador necesita asistencia continua de otra persona para los actos elementales de la vida diaria. Más allá de la indemnización por ILPT, la ART debe pagar una renta mensual vitalicia adicional destinada a cubrir el costo del cuidador domiciliario, con piso mínimo actualizado por RIPTE. Luchamos para que el estado de gran invalidez sea reconocido formalmente y la prestación complementaria se liquide sin demoras.

Adecuación de la Vivienda

Una prestación poco conocida pero obligatoria: la Ley de Riesgos del Trabajo exige a la ART cubrir los gastos de adecuación del domicilio del trabajador con discapacidad permanente derivada del siniestro. Comprende rampas de acceso, baños adaptados, ensanche de puertas, eliminación de desniveles y todo lo necesario para la accesibilidad. Reclamamos formalmente esta prestación para que la ART cumpla con la obligación.

Decreto 658/96 · Listado Vigente

Enfermedades Profesionales más Frecuentes Cubiertas por la ART

No todo accidente laboral es un golpe puntual: muchas patologías se desarrollan de manera gradual y silenciosa a lo largo de los años por las tareas habituales del puesto.
El Listado de Enfermedades Profesionales del Decreto 658/96 reconoce más de 60 afecciones indemnizables, y aunque tu enfermedad no figure expresamente, también podés reclamar por la vía del art. 6.2 LRT acreditando el nexo causal con el trabajo.

  • Patologías de columna y esfuerzo lumbar

    • Hernia discal lumbar
    • Hernia cervical
    • Lumbalgia crónica
    • Ciática
    • Discopatía degenerativa

    Las patologías producidas por levantar peso o realizar fuerzas excesivas son enfermedades profesionales reconocidas. Aunque la ART argumente que son "degenerativas", demostramos el nexo causal con la tarea para que se reconozcan y se pague la indemnización conforme al baremo del Decreto 549/2025.

  • Lesiones por movimientos repetitivos

    • Túnel carpiano
    • Tendinitis
    • Epicondilitis
    • Bursitis
    • Manguito rotador

    Frecuentes en empleados de oficina, líneas de montaje, cajeros, repositores y personal de limpieza. Generan incapacidad indemnizable conforme el Listado del Decreto 658/96 y, en muchos casos, requieren cirugía e inhabilitación temporaria que la ART debe cubrir íntegramente.

  • Várices y patologías circulatorias por bipedestación

    • Várices
    • Úlceras venosas
    • Edema crónico
    • Insuficiencia venosa

    Si tu trabajo te exige muchas horas de pie sin descanso (cajeros, vendedores, personal de salud, gastronomía o seguridad), estas patologías no son problemas estéticos: son enfermedades laborales reconocidas. Reclamamos el tratamiento integral —incluyendo cirugía— y la indemnización por la incapacidad permanente que generan.

  • Reagravación de patologías preexistentes

    • Art. 8 LRT
    • Rodilla
    • Hombro
    • Columna
    • Concausa laboral

    Si tenías una dolencia preexistente y las tareas habituales del trabajo la agravan o empeoran, esa reagravación se considera accidente laboral y debe ser cubierta por la ART. Comprende el tratamiento médico completo y la indemnización por la nueva incapacidad generada, conforme el art. 8 LRT y la jurisprudencia laboral consolidada.

Estabilidad Laboral · Régimen Protectorio del Trabajador Activo

Reclamo ante la ART y Continuidad Laboral: Marco Protectorio del Trabajador en Actividad

Una de las consultas más recurrentes en los estudios jurídicos especializados en Riesgos del Trabajo es si el inicio del reclamo compromete la continuidad de la relación laboral. La respuesta, sustentada en la Ley 24.557, la Ley 26.773, la Ley 27.348 y la Ley de Contrato de Trabajo, es categórica: el procedimiento puede sustanciarse íntegramente sin afectación del vínculo de empleo y bajo un régimen de protección reforzada que disuade activamente cualquier represalia patronal.

Preocupación habitual

Temor a represalias laborales como factor de postergación del reclamo

Una proporción significativa de trabajadores damnificados posterga el inicio del reclamo por la presunción de que la formalización del trámite generará consecuencias adversas en el ámbito laboral: desvinculación, modificación regresiva de las condiciones contractuales, exclusión de procesos de promoción interna o deterioro del clima en el puesto de trabajo. Esta preocupación, frecuentemente alimentada por desinformación sobre el alcance del régimen normativo, conduce a una conducta característica: la espera prolongada hasta el agotamiento del vínculo laboral o hasta el vencimiento del plazo de prescripción.

Las consecuencias procesales de esta postergación son significativas. El plazo de prescripción bienal previsto en el artículo 44 de la Ley 24.557 y el artículo 258 de la Ley de Contrato de Trabajo opera con rigurosidad, y el transcurso del tiempo deteriora progresivamente el material probatorio: la documentación clínica se extravía, las historias clínicas se archivan, los testimonios se diluyen y la determinación pericial del nexo causal entre la patología y la tarea desempeñada se torna más compleja.

Postergar el reclamo no protege la relación laboral; la prescripción y la pérdida de prueba son los costos reales de la inacción.

Marco normativo aplicable

Régimen de tutela reforzada y compatibilidad con la prestación efectiva de tareas

El ordenamiento jurídico argentino contempla un régimen protectorio integral que opera durante la sustanciación del reclamo y se extiende a los meses posteriores al alta médica o al dictamen definitivo. La continuidad de la relación laboral durante el trámite es la regla, no la excepción: el trabajador damnificado conserva la titularidad de su puesto, percibe normalmente sus haberes en aquellos casos en que su cuadro clínico permite la prestación de tareas, y no se encuentra obligado a notificar al empleador del inicio de las actuaciones administrativas más allá de las comunicaciones que la propia aseguradora canaliza.

En el supuesto de que la empresa empleadora adopte conductas reactivas frente al reclamo —reasignación a tareas que importen un menoscabo de las condiciones del contrato, supresión de adicionales no remunerativos, sanciones disciplinarias infundadas o desvinculación—, dichas medidas quedan comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley 23.592 sobre actos discriminatorios, complementada por el régimen del artículo 213 de la Ley de Contrato de Trabajo y la indemnización agravada del artículo 245 bis incorporado por la Ley 27.742.

La consecuencia procesal más relevante de este marco es la inversión de la carga probatoria. La jurisprudencia consolidada de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires presume el carácter discriminatorio del despido cuando éste se produce durante la licencia médica o en período inmediato posterior, correspondiendo al empleador acreditar fehacientemente una causa objetiva, suficiente y desconectada del reclamo previsional.

El sistema invierte la carga probatoria: presumido el motivo discriminatorio, le corresponde al empleador demostrar lo contrario.

Problemas Frecuentes con la ART

Problemas Frecuentes con las ART

En CABA, las ART suelen rechazar siniestros, otorgar altas prematuras o liquidar indemnizaciones por debajo del piso del art. 14 LRT. Actuamos ante la Comisión Médica jurisdiccional y los tribunales del Trabajo de Capital Federal para corregir cada situación.

Rechazo del Accidente

La aseguradora no reconoce el accidente laboral o la enfermedad profesional sufrida.

Consultar Caso

Accidentes In Itinere

Siniestros ocurridos en el trayecto entre el domicilio y el lugar de trabajo que la ART rechaza alegando desvíos de ruta o circunstancias no acreditadas, privando al trabajador de cobertura legal obligatoria.

Consultar Caso

Demoras en Atención Médica

Retrasos en autorizar prestaciones, consultas y estudios que perjudican la salud del trabajador.

Consultar Caso

Indemnizaciones Bajas

Ofertas económicas de la ART por debajo de lo que corresponde por ley según la incapacidad real evaluada.

Consultar Caso

Alta Médica Prematura sin Incapacidad

La estrategia más usada por las ART para no pagar: te dan el alta diciendo que ya estás "curado y apto para volver al trabajo" aunque sigas con dolor o limitaciones. Si firmás conforme, perdés el derecho a la indemnización. Iniciamos la Divergencia en el Alta ante la Comisión Médica con peritos médicos propios, reabrimos el tratamiento y garantizamos que se reconozca la incapacidad real conforme al baremo del Decreto 549/2025.

Consultar Caso

Derivación a Prestadores Inadecuados

La ART deriva al trabajador a clínicas o médicos de su red que carecen de la especialidad requerida, dilatan los turnos o brindan atención deficiente, vulnerando el derecho a una asistencia médica de calidad garantizada por la LRT.

Consultar Caso

Falta de Tratamiento Adecuado

No se proveen especialistas, kinesiología, medicación o prótesis que requiere la lesión.

Consultar Caso

Incapacidad Minimizada

Evaluación médica parcial que arroja un porcentaje de incapacidad que no refleja el daño real.

Consultar Caso

Presión para Firmar Acuerdos

La ART o el empleador presionan al trabajador para firmar homologaciones con valores irrisorios antes de conocer la incapacidad definitiva.

Consultar Caso

Falta de Pago de Prestaciones Dinerarias

Incumplimiento en el pago de las prestaciones económicas periódicas durante la baja médica, dejando al trabajador sin ingresos mientras se recupera.

Consultar Caso

Vencimiento de Plazos Legales

El trabajador desconoce los plazos de prescripción y pierde el derecho a reclamar sin asesoramiento jurídico oportuno ante la Comisión Médica o la Justicia.

Consultar Caso

Negativa a Reconocer Enfermedad Profesional

La aseguradora rechaza enfermedades causadas por el trabajo argumentando que no están en el listado cerrado del decreto, ignorando la vía de apertura del art. 6.2 LRT.

Consultar Caso
Prueba documental · ART

Qué documentación conviene reunir antes de reclamar a la ART

Antes de iniciar o impugnar un reclamo ante la ART conviene ordenar toda la documentación médica y laboral disponible. La prueba principal suele estar en la denuncia del accidente, número de siniestro, certificados médicos, estudios por imágenes, indicaciones de tratamiento, constancias de kinesiología, alta médica, dictamen de incapacidad, recibos de sueldo, descripción de tareas y comunicaciones con la ART o el empleador.

También es importante conservar fotos del lugar, testigos y cualquier reclamo previo cuando la ART rechazó el siniestro, demoró prestaciones o otorgó el alta antes de tiempo. La documentación no solo permite reclamar: ayuda a definir si corresponde pedir continuidad de tratamiento, discutir incapacidad, revisar la liquidación o avanzar ante Comisión Médica.

Carta Documento · Divergencia · Apelación ART

Carta Documento de Rechazo de la ART: cómo impugnar el siniestro y revertir el rechazo

Cuando la Aseguradora de Riesgos del Trabajo notifica el rechazo formal del accidente laboral o de la enfermedad profesional, el procedimiento legal recién comienza. La divergencia ante la Comisión Médica jurisdiccional habilita la revisión técnica del dictamen y, en la mayoría de los casos analizados con asesoramiento legal especializado en derecho del trabajo y riesgos del trabajo, el rechazo se revierte. Plazos breves: la apelación corre desde la notificación.

Argumentos típicos de rechazo en la Carta Documento

Las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo emplean fundamentos recurrentes para denegar la cobertura del siniestro. La mayoría son infundados o jurídicamente revisables y se desactivan con prueba técnica adecuada:

  • "Patología preexistente o ajena al trabajo" — invocan que la dolencia es anterior al empleo, habitualmente sin examen preocupacional documentado ni historia clínica prelaboral fehaciente.
  • "Hecho no encuadrado como accidente laboral" — recategorizan el siniestro como enfermedad inculpable o accidente común fuera de la cobertura de la Ley 24.557.
  • "Denuncia extemporánea o fuera de plazo" — alegan presentación tardía cuando, en realidad, los plazos previstos en la normativa de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo aún no estaban vencidos o el trabajador desconocía la obligación de denunciar.
  • "Falta de nexo causal entre tarea y lesión" — niegan la vinculación cuando la mecánica del hecho, los testigos y la jurisprudencia respaldan plenamente la cobertura.
  • "Alta médica anticipada y consolidación de secuelas" — cierran el siniestro antes de tiempo para evitar pagar la Incapacidad Laboral Temporaria e indemnización por secuelas permanentes.

Estrategia técnico-legal de impugnación

El rechazo de la ART es jurídicamente apelable. Iniciamos el trámite de "Divergencia en el Rechazo" ante la Comisión Médica jurisdiccional de la SRT dentro del plazo legal computado desde la notificación de la Carta Documento:

  • Incorporamos prueba técnica especializada: estudios complementarios, peritajes biomecánicos y análisis ergonómicos que acreditan la relación causal entre la tarea y la dolencia.
  • Aportamos declaraciones testimoniales del accidente, registros laborales, libros de guardia y constancias del legajo de personal que documentan la mecánica del siniestro.
  • Conseguimos que la Comisión Médica revierta el rechazo, obligando a la ART a otorgar prestaciones médicas integrales, pagar salarios caídos retroactivos con intereses y reconocer el porcentaje real de incapacidad permanente conforme al baremo del Decreto 659/96.
  • Si el dictamen sigue siendo desfavorable, escalamos a la Comisión Médica Central y, finalmente, a la justicia laboral conforme la Ley 27.348, manteniendo todas las opciones procesales abiertas.
Después del Alta · Reincorporación Laboral

¿Qué Pasa si el Accidente me Impide Volver a mi Tarea Habitual?

Art. 212 LCT · Reincorporación con incapacidad parcial

Deber del Empleador: Asignación de Tareas Livianas

Si tras el alta médica de la ART tu cuerpo ya no tolera la tarea original, la Ley de Contrato de Trabajo (art. 212 LCT) obliga al empleador a reubicarte en una posición acorde a tu nueva capacidad sin disminuir tu remuneración.

  • Limitaciones físicas frecuentes que activan el deber legal imposibilidad de levantar peso, permanecer de pie por jornadas prolongadas, realizar movimientos repetitivos, exposición a vibraciones, ruido, sustancias químicas o esfuerzos posturales sostenidos.
  • Alcance de la obligación patronal si en la empresa existen puestos vacantes compatibles con tu nueva capacidad funcional, el empleador debe reasignarte sin reducción salarial, manteniendo categoría profesional, antigüedad y todos los beneficios del convenio colectivo aplicable.
  • Prohibición de afectación económica la jurisprudencia laboral consolidada de la Cámara Nacional del Trabajo y la Suprema Corte bonaerense sostiene que toda quita salarial encubierta —cambio de categoría, supresión de adicionales, pase a jornada reducida— configura un despido indirecto justificado.
  • Si el empleador alega falta de tareas livianas la carga de la prueba recae en la empresa. Debe acreditar fehacientemente que no existe puesto compatible; caso contrario, la indemnización por despido del art. 212 LCT se duplica y puede agravarse con sanciones por discriminación.

Si te Despiden por Incapacidad

Si la empresa alega que "no tiene tareas livianas" y te despide, te corresponde una indemnización combinada:

  • Indemnización por antigüedad (art. 245 LCT) calculada sobre tu mejor remuneración del último año.
  • Indemnización por incapacidad (art. 212 LCT) que puede ser incluso mayor si la empresa tenía vacantes y no las ofreció, o si la incapacidad es absoluta.
  • Indemnización agravada por despido discriminatorio si ocurrió durante la licencia ART.
Ingreso Base Mensual · Cálculo Indemnizatorio · Art. 12 LRT

IBM mal calculado: cómo detectar y revertir una indemnización ART subdimensionada (Art. 12 Ley 24.557)

Guía Legal Completa

Qué Hacer Paso a Paso tras un Accidente Laboral

Conocé las acciones correctas y el orden cronológico desde el momento del siniestro hasta el reclamo exitoso ante tu ART y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT).
Seguir cada paso con precisión es lo que separa una indemnización justa de un acuerdo express con una compensación irrisoria.

Para un análisis exhaustivo con jurisprudencia de la Corte Suprema, plazos legales detallados y los errores más caros a evitar, leé nuestra guía completa: ¿Qué hacer en caso de accidente laboral?

Tan pronto como ocurra el siniestro —ya sea dentro del lugar de trabajo o en el trayecto habitual hacia o desde tu empleo (“in itinere”)— debés informar el hecho a tu empleador de manera fehaciente. El empleador está legalmente obligado a reportar ese accidente ante la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) que te cubre, dentro de un plazo perentorio.

  • Pedí que la ART genere una denuncia formal y te entreguen un número de siniestro: ese número es la llave de todo el expediente y debés guardarlo en un lugar seguro.
  • Si tu empleador no lo hace o se niega a denunciarlo, podés denunciar directamente ante la ART al 0800 institucional, ante un prestador médico habilitado de la red, o realizar la denuncia online en el portal de la SRT.
  • Conservá testigos, fotos y constancias desde el momento del accidente: cualquier prueba (videos del lugar, datos de compañeros que vieron el hecho, registros de cámaras de seguridad, partes del 911 o del SAME) puede ser determinante si la ART pretende rechazar la cobertura.

Una vez recibida la denuncia, la ART debe brindarte atención médica completa, inmediata y sin costo, incluyendo estudios diagnósticos, tratamientos, intervenciones, kinesiología, rehabilitación y cualquier cuidado necesario según tu cuadro clínico. No tenés obligación de ir al médico que el empleador te indique informalmente: la atención debe brindarse en prestadores oficiales habilitados por la aseguradora.

  • Guardá certificados, recetas, órdenes médicas y antecedentes clínicos de cada consulta. Cada papel respalda tu reclamo y permite reconstruir la evolución de las lesiones ante la Comisión Médica.
  • Si la ART retrasa o niega la atención, no te cita para los turnos prometidos, no envía traslados (remises) o te asigna un prestador con mala atención profesional, esta circunstancia puede ser parte fundamental de un reclamo legal posterior y eventualmente generar una indemnización agravada.

La normativa vigente establece plazos concretos y caducables en cada instancia del reclamo laboral para asegurar que las ART cumplan con sus obligaciones. Entender el calendario procesal es clave para no perder derechos por inacción.

  • La ART tiene hasta 10 días hábiles desde que recibe la denuncia para aceptar o rechazar formalmente el siniestro como cubierto bajo la Ley de Riesgos del Trabajo.
  • Ese plazo puede extenderse por otros 10 días hábiles si la aseguradora notifica fundadamente su intención antes del vencimiento original (por ejemplo, cuando solicita estudios complementarios para definir cobertura).
  • Desde el primer aviso, tu caso debe quedar debidamente documentado para evitar perder derechos. El plazo general de prescripción para iniciar acciones es de 2 años desde el alta o desde la determinación de la incapacidad, pero conviene actuar mucho antes para preservar pruebas.

Para maximizar tu posibilidad de éxito en el reclamo, es clave reunir y organizar la documentación desde el primer día. Cuanto más sólido sea el respaldo probatorio, más difícil será para la ART negarte cobertura o reducir la indemnización:

  • Parte de accidente emitido por la ART o por un prestador habilitado, con la fecha exacta del hecho, lugar y mecánica del siniestro.
  • Certificados médicos, recetas, resultados de estudios (radiografías, resonancias, tomografías, electromiogramas) y todas las constancias de atención recibidas, incluso las realizadas por tu médico particular o por una guardia hospitalaria.
  • Documentos laborales como contrato de trabajo, recibos de sueldo de los últimos 12 meses, antigüedad en la empresa, categoría profesional y CCT aplicable: todo eso se usa para calcular el ingreso base mensual.
  • Constancias de horas no trabajadas y cálculo de remuneraciones perdidas por la incapacidad, incluyendo aguinaldo proporcional, horas extras habituales y adicionales por antigüedad o presentismo.

Si la ART rechaza formalmente tu accidente laboral o demora injustificadamente las prestaciones, no estás obligado a aceptar esa decisión. La ley argentina te garantiza varias alternativas legales para impugnar el rechazo y forzar el cumplimiento:

  • Podés iniciar un trámite ante la Comisión Médica jurisdiccional correspondiente a tu domicilio a través de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT). Esta instancia es obligatoria y gratuita, y suele resolver buena parte de los rechazos infundados.
  • Si existen demoras injustificadas, reducciones de prestaciones o un alta médica anticipada, asistite legalmente para impugnar esas decisiones presentando informes médicos actualizados y nuevos estudios complementarios.
  • Un abogado especialista puede presentar rápidamente recursos administrativos o acciones judiciales si la situación lo amerita, e incluso accionar por la vía civil reclamando una reparación integral por daños y perjuicios cuando hay culpa del empleador o cosas riesgosas involucradas.

Aunque algunos reclamos pueden parecer simples, contar con asesoramiento legal desde el primer día puede significar la diferencia entre aceptar una oferta insuficiente de la aseguradora y obtener una indemnización justa conforme a la ley argentina y a la jurisprudencia más reciente.

  • Un abogado especialista en accidentes laborales y reclamos ART conoce los plazos, los procedimientos administrativos y las estrategias de prueba más eficaces frente a cada aseguradora.
  • Podrá representar tu caso ante la ART, ante las Comisiones Médicas jurisdiccionales y, si es necesario, en sede judicial ante los juzgados laborales con competencia en CABA y Provincia de Buenos Aires.
  • Su intervención evita errores procedimentales que podrían perjudicar tu derecho a indemnización: omisiones en la denuncia, vencimiento de plazos, ausencia de prueba documental o aceptación de altas tempranas.
Hoja de Ruta · Plazos Legales

Línea de Tiempo del Reclamo ART, Paso a Paso

Estos son los plazos exactos que la Ley 24.557 y la Ley 27.348 imponen tanto a tu ART como a la SRT.
Conocerlos es la mejor defensa contra demoras injustificadas y rechazos infundados — y la mejor forma de planificar el reclamo desde el primer día.

Buscás atención médica inmediata y avisás al empleador. Si el empleador no denuncia el siniestro, podés hacerlo vos por telegrama laboral gratuito (Ley 23.789), por el 0800 de la ART, ante un prestador médico habilitado o de manera online en el portal de la SRT. Cuanto antes documentes el hecho, mejor: testigos, fotos, parte policial y constancias del SAME son prueba que después no se puede reconstruir.

Recibida la denuncia, la ART debe brindarte asistencia médica completa, farmacia, prótesis, ortopedia, kinesiología y rehabilitación, sin tope ni costo para el trabajador (art. 20 Ley 24.557). Cualquier demora, derivación inadecuada o falta de turnos es prueba de incumplimiento y refuerza un reclamo posterior.

La ART tiene 10 días hábiles para aceptar o rechazar formalmente la cobertura, prorrogables por 10 días más si te lo notifica fehacientemente. El silencio se considera aceptación tácita y es uno de los argumentos más sólidos para sostener un reclamo si después intenta desconocerlo.

Mientras dure la Incapacidad Laboral Temporaria (ILT) cobrás una prestación dineraria mensual equivalente al Ingreso Base. La ILT se extiende hasta el alta médica o un máximo de 2 años desde la PMI. Si te dan el alta antes de la consolidación clínica, firmá en disconformidad y pedí reapertura del tratamiento o iniciá divergencia ante la Comisión Médica.

La ART debe iniciar ante la Comisión Médica el expediente de Valoración del Daño. Si no lo hace, podés iniciarlo vos con tu abogado. En las jurisdicciones adheridas a la Ley 27.348 (Provincia de Buenos Aires y CABA están adheridas) el patrocinio letrado es obligatorio, y los honorarios profesionales corren por cuenta de la aseguradora (Res. SRT 298/17, art. 37).

La Comisión Médica Jurisdiccional emite dictamen sobre el porcentaje de incapacidad aplicando el baremo del Decreto 659/96 (Decreto 549/2025 a partir de febrero 2026). Si tu domicilio o lugar de trabajo es Morón, Hurlingham, Ituzaingó o Merlo, te corresponde la Comisión Médica N° 38 — Morón (Gral. Bartolomé Mitre 1145). Si trabajás en La Matanza, te corresponde la Delegación Ramos Mejía (Av. de Mayo 1180).

Si aceptás el dictamen, la SRT cita a audiencia de homologación y se firma la liquidación final. Si firmás en disconformidad, queda abierta la vía recursiva: podés apelar ante la Comisión Médica Central o iniciar acción ante la Justicia laboral ordinaria, con un plazo de 15 días hábiles desde la notificación del dictamen para hacerlo.

Una vez homologado el acuerdo, la ART tiene 5 días hábiles para depositar la indemnización en tu cuenta bancaria, conforme la Res. SRT 298/17. El incumplimiento de este plazo genera intereses moratorios automáticos y puede dar lugar a sanciones administrativas a la aseguradora.

El plazo se cuenta desde el rechazo formal de la ART, el alta médica con secuelas, el dictamen definitivo o desde que la prestación se hizo exigible, según el caso. No dejes pasar el tiempo: la jurisprudencia de la Corte Suprema y la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires es estricta en materia de prescripción y, una vez vencido el plazo, los derechos no se pueden ejercer aunque la pretensión sea legítima.

Si ya tenés un diagnóstico o un alta cuestionable, lo más sensato es escribirnos por WhatsApp antes de firmar nada. Hacemos un análisis técnico inicial sin costo y te indicamos cuál es el camino que maximiza tu indemnización.

La consecuencia legal del accidente

¿Cómo se reclama la indemnización?

La indemnización se obtiene mediante un reclamo por Daños y Perjuicios: la acción legal que le exige al responsable del accidente la reparación integral del perjuicio sufrido.

Rubros indemnizables
  • 01

    Daño emergente

    Gastos médicos, traslados, prótesis.

  • 02

    Lucro cesante

    Lo que dejaste de ganar por la incapacidad.

  • 03

    Daño moral

    Sufrimiento físico y emocional.

  • 04

    Daño psicológico

    Secuelas en tu salud mental.

  • 05

    Incapacidad sobreviniente

    Resarcimiento por las limitaciones permanentes.

Nuestra Ventaja

¿Por Qué Elegir un Abogado Especialista en Accidentes Laborales?

En Estudio Jurídico LUQUELLI Y ASOC. intervenimos exclusivamente en reclamos vinculados a accidentes laborales, enfermedades profesionales y conflictos con Aseguradoras de Riesgos del Trabajo.

Nuestra experiencia en la normativa argentina, en los procedimientos ante Comisión Médica y en los tribunales laborales nos permite diseñar estrategias sólidas, anticipar las maniobras defensivas de las ART y maximizar la indemnización que recibe el trabajador.

Cada caso se aborda como un expediente único: estudiamos la mecánica del siniestro, las constancias médicas, el contrato laboral y la trayectoria profesional para construir un reclamo a la medida.

Evaluación Jurídica Exhaustiva

Análisis técnico inicial sin costo de su accidente laboral, documentación médica y situación contractual para determinar la viabilidad, los rubros indemnizables y el alcance real del reclamo, con un diagnóstico claro antes de avanzar.

Gestión Integral ante ART y SRT

Presentación formal, seguimiento continuo y control de plazos administrativos ante la Aseguradora de Riesgos del Trabajo, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) y los prestadores médicos asignados, para que ningún término se venza ni quede traba burocrática sin destrabar.

Negociación Estratégica

Intervención directa en instancias conciliatorias y mesas de mediación previa para obtener la mayor indemnización posible conforme al porcentaje de incapacidad reconocido, evitando acuerdos express por sumas inferiores al piso legal.

Representación en Comisión Médica y Juicio

Defensa técnica ante Comisiones Médicas jurisdiccionales y, si corresponde, patrocinio judicial frente a rechazos, indemnizaciones insuficientes o reducciones arbitrarias del porcentaje de incapacidad determinado por los peritos oficiales.

Especialización en Riesgos del Trabajo

Dedicación exclusiva al régimen de accidentes laborales, accidentes in itinere y enfermedades profesionales bajo la legislación argentina vigente, con actualización constante en jurisprudencia laboral y normativa de la SRT.

Defensa Activa del Trabajador

Actuamos frente a rechazos infundados, altas médicas prematuras o reducciones indebidas del porcentaje de incapacidad, y respondemos a las tácticas de presión que las aseguradoras suelen aplicar para forzar acuerdos rápidos.

Asesoramiento Individualizado

Cada reclamo se analiza en detalle según sus particularidades médicas, laborales y económicas, diseñando una estrategia a medida en lugar de aplicar fórmulas genéricas que terminan perjudicando al trabajador.

Reparación Económica Adecuada

Trabajamos para que la compensación refleje el verdadero impacto de la incapacidad en su vida profesional, familiar y económica, contemplando salarios caídos, daños y, cuando corresponda, la reparación integral por daños y perjuicios.

Cobertura Sectorial · Patrones de Siniestralidad por Industria

Abogados de Accidentes Laborales por Sector Productivo: Cómo Cambia el Reclamo Según el Rubro

El reclamo a la ART no es un trámite genérico que se resuelve igual en todos los casos. La industria metalúrgica, el comercio mayorista, la construcción, el transporte de cargas, la salud pública o la gastronomía operan bajo lógicas de riesgo radicalmente distintas, generan lesiones típicas diferentes y enfrentan estrategias defensivas particulares por parte de las aseguradoras. Conocer el mapa específico del rubro en el que ocurrió el siniestro define gran parte del éxito del reclamo, mucho antes de la primera audiencia.

Industria Pesada y Manufactura

  • Metalúrgica
  • Autopartista
  • Química
  • Plástica
  • Hipoacusia
  • Amputación
Estrategia clave

Acreditamos incumplimiento de la Ley 19.587 / Decreto 351/79, habilitando la vía civil del art. 1757 CCCN con indemnizaciones varias veces superiores al sistema tarifado.

Comercio y E-commerce

  • Supermercados
  • Retail
  • Logística
  • Manguito rotador
  • Túnel carpiano
  • Lumbalgia
Estrategia clave

Neutralizamos el argumento "degenerativo" con peritaje biomecánico del puesto y prueba del ritmo productivo conforme la Resolución SRT 295/03.

Transporte, Reparto y Plataformas Digitales

  • Camioneros
  • Choferes
  • Repartidores
  • Delivery
  • Cervicalgia
  • Colisión vial
Estrategia clave

Todo accidente ocurrido durante la prestación efectiva del servicio —incluyendo colisiones mientras se realiza un reparto o traslado— encuadra como accidente laboral con derecho al adicional del 20 % de la Ley 26.773, dado que el trabajador se encontraba a disposición del empleador al momento del siniestro. Para repartidores y conductores de plataformas digitales, adicionalmente evaluamos la existencia de una relación de dependencia encubierta que habilita la cobertura integral de la LRT con independencia de la figura contractual utilizada por la app.

Construcción y Obra en Altura

  • Andamio
  • Excavación
  • Electrocución
  • Caída desde altura
  • Ley 22.250
  • Decreto 911/96
Estrategia clave

Activamos la responsabilidad solidaria del art. 30 LCT para alcanzar al comitente principal aun cuando el trabajador haya sido contratado por una pyme tercerizada.

Salud y Personal Sanitario

  • Enfermería
  • Cortopunzantes
  • Burnout
  • VIH/Hepatitis
  • Radiación
  • Geriátricos
Estrategia clave

Reclamamos seguimiento serológico ante contagios biológicos y reconocimiento del estrés postraumático conforme el anexo III del Decreto 658/96.

Gastronomía y Hotelería

  • Cocineros
  • Mucamas
  • Bartenders
  • Quemaduras
  • Cortes
  • Várices
Estrategia clave

Reclamamos el daño estético autónomo en manos visibles —rubro indemnizable consolidado por jurisprudencia de la CNAT— que las altas médicas suelen ignorar.

Seguridad Privada y Custodia

  • Vigilancia
  • Caudales
  • PTSD
  • Heridas de arma
  • Ley 26.370
Estrategia clave

Desarmamos la teoría del "riesgo asumido" con la Ley 26.370, los pliegos del comitente y la obligación de proveer EPP balísticos. Evaluamos responsabilidad civil del cliente.

Educación y Docencia

  • Maestros
  • Disfonía
  • Nódulos vocales
  • Estrés laboral
  • Decreto 658/96
Estrategia clave

Acreditamos la disfonía docente con peritaje foniátrico, mediciones acústicas del aula y certificación del agente vocal conforme el listado del Decreto 658/96.

Cómo Trabajamos Tu Caso

Gestión Integral de tu Accidente Laboral

Un reclamo bien estructurado desde el primer día multiplica las posibilidades de cobrar la indemnización máxima. Estos son los tres ejes sobre los que articulamos cada caso.

01

Investigación del Hecho

Recopilamos toda la prueba del accidente: denuncia policial, libro de guardia, testigos, cámaras de seguridad y partes médicos. Reconstruimos la mecánica del siniestro con peritos accidentológicos cuando es necesario.

02

Cálculo Contable Independiente

Recalculamos cada variable: Ingreso Base Mensual completo, factor edad, porcentaje de incapacidad real, actualización por RIPTE e intereses moratorios desde la fecha del siniestro. Antes de negociar ya sabemos cuánto te corresponde.

03

Juicio Laboral y Ejecución

Si la Comisión Médica dictamina por debajo o la ART liquida insuficiente, iniciamos la demanda judicial laboral en CABA o Provincia de Buenos Aires. Llevamos el caso hasta la sentencia firme y el cobro con embargo si fuera necesario.

Cobertura Geográfica

Abogados de Accidentes Laborales y Reclamos ART en CABA, GBA y Toda Argentina

Asistencia jurídica especializada en reclamos ante ART, Comisión Médica jurisdiccional y tribunales laborales en toda la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), el conurbano bonaerense y las provincias del interior. Atención presencial en nuestra sede de Morón y consulta online en todo el país.

En Estudio Jurídico LUQUELLI Y ASOC. brindamos patrocinio legal en casos de accidentes laborales, enfermedades profesionales, accidentes in itinere y reclamos ante ART en toda la región metropolitana y el resto del país. Atendemos a trabajadores de los principales rubros productivos: industria, comercio, construcción, salud, transporte, logística, gastronomía, educación, seguridad privada, agro y servicios, que hayan sufrido lesiones, secuelas o enfermedades profesionales durante su jornada laboral o en el trayecto al trabajo.

Nuestro equipo interviene en expedientes ante Comisiones Médicas jurisdiccionales, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) y los juzgados laborales con competencia en CABA y Provincia de Buenos Aires. También representamos a trabajadores de cualquier provincia argentina mediante atención remota, videollamada y firma digital, sin importar dónde te encuentres.

Elegí tu zona para acceder a la información completa: cada landing incluye localidades cubiertas, ejemplos de casos típicos, aseguradoras habituales y los pasos legales que conviene seguir según el sector productivo:

Si estás buscando un abogado de accidentes laborales cerca tuyo o necesitás iniciar un reclamo ante la ART, podés contactarnos ahora para recibir asesoramiento inmediato y sin costo inicial. Trabajamos con honorarios a resultado: no pagás nada hasta cobrar la indemnización, y nuestra primera consulta es completamente gratuita por WhatsApp, telefónicamente o de manera presencial en nuestra sede de Morón.

Consultas sobre Accidentes Laborales

Preguntas Frecuentes sobre Accidentes Laborales, ART e Indemnizaciones

Resolvemos las dudas más comunes sobre reclamos ante ART, accidentes laborales, indemnizaciones, incapacidad y derechos del trabajador.

El plazo general para iniciar un reclamo por accidente laboral o enfermedad profesional es de 2 años desde el accidente, desde la determinación de la incapacidad o desde el alta médica definitiva, lo que ocurra primero. Sin embargo, es altamente recomendable actuar lo antes posible para preservar pruebas, testigos, documentación clínica y evitar que la ART use el paso del tiempo a su favor para minimizar tu reclamo.

La indemnización por accidente laboral en Argentina depende de varios factores combinados: el porcentaje de incapacidad determinado por la Comisión Médica, tu edad al momento del siniestro, tu salario o ingreso base mensual de los últimos 12 meses, el tipo de lesión y los topes legales establecidos por la SRT.
Un abogado especializado puede calcular el monto correcto aplicando la fórmula prevista en la Ley de Riesgos del Trabajo y, además, evaluar si corresponde reclamar adicionalmente por la vía civil mediante daños y perjuicios para obtener una reparación integral más alta.

No siempre es obligatorio contar con abogado en las primeras instancias administrativas, pero sí es altamente recomendable. Las ART son empresas privadas cuyo modelo de negocio se basa en pagar el menor monto posible: cualquier error técnico, falta de documentación o prueba insuficiente será aprovechado para rechazar tu reclamo o reducir la indemnización.
Tener un abogado especialista en accidentes laborales aumenta de manera significativa las posibilidades de obtener una indemnización justa, evita que firmes acuerdos express por debajo de lo que corresponde y te protege ante demoras, alta médica anticipada o prestadores deficientes.

Si la ART rechaza el accidente o la enfermedad profesional, podés impugnar formalmente esa decisión ante la Comisión Médica jurisdiccional de tu domicilio dependiente de la SRT. Un abogado especialista puede iniciar el trámite, presentar pruebas, ofrecer pericias médicas de parte y continuar el reclamo hasta obtener la indemnización correspondiente.
Si la Comisión también rechaza, queda abierta la vía judicial laboral y, en algunos casos, la posibilidad de reclamar por la vía civil contra el empleador o el responsable directo del siniestro.

Es el siniestro ocurrido en el trayecto habitual entre tu domicilio y tu lugar de trabajo (ida o regreso), siempre que no haya desvíos por motivos personales no autorizados. Incluye atropellos, choques en moto o auto, caídas en el transporte público, robos con lesiones físicas o psicológicas y cualquier hecho súbito sufrido durante ese recorrido.
Está cubierto plenamente por la ART y genera los mismos derechos que un accidente ocurrido dentro del establecimiento: atención médica, salarios caídos, rehabilitación e indemnización por incapacidad.

Los trámites ante la Comisión Médica suelen demorar entre algunos meses hasta un año, dependiendo de la complejidad del caso, la disponibilidad de turnos y la cantidad de estudios complementarios necesarios para definir el porcentaje de incapacidad.
Si el caso pasa a instancia judicial por rechazo, alta médica injustificada o indemnización insuficiente, el plazo puede extenderse en función de la jurisdicción, la complejidad probatoria y la carga de trabajo de los juzgados laborales intervinientes. Un reclamo bien estructurado desde el inicio acelera los tiempos y reduce instancias innecesarias.

Sí, podés reclamar incluso después del alta médica. Si quedaron secuelas permanentes, dolores crónicos, limitaciones funcionales o cualquier tipo de incapacidad, podés iniciar o continuar el reclamo para obtener la indemnización correspondiente. Es muy frecuente que las ART otorguen el alta médica anticipada con el objetivo de cerrar el expediente sin reconocer secuelas: en esos casos, un abogado especialista puede impugnar la decisión, solicitar una nueva pericia médica y reabrir el caso para lograr el reconocimiento del verdadero daño sufrido.

No. El reclamo se realiza contra la ART, que es la aseguradora contratada por tu empleador, y no debería afectar tu vínculo laboral con la empresa. La Ley de Contrato de Trabajo protege especialmente al trabajador contra represalias por hacer valer sus derechos: si tras el accidente sufrís discriminación, persecución, recorte de tareas o un despido injustificado, esa conducta puede dar lugar a indemnizaciones agravadas independientes del reclamo a la ART.

Generalmente trabajamos con la modalidad “honorarios a resultado” o pacto de cuota litis: solo cobramos un porcentaje si se obtiene la indemnización. Esto significa que no tenés que adelantar dinero para iniciar el reclamo, ni pagar consultas, ni afrontar gastos de tasa de justicia o pericias.
Toda la inversión la hace el estudio jurídico, y el trabajador recién paga honorarios cuando efectivamente cobra su indemnización. La primera consulta es siempre gratuita y sin compromiso, ya sea por WhatsApp, telefónicamente o en nuestra sede de Morón.

Se aplica la fórmula del art. 14 LRT: 53 × Ingreso Base Mensual × % de incapacidad × 65 / edad del trabajador a la PMI. Si el accidente ocurrió en el establecimiento o estando a disposición del empleador, suma un 20 % adicional (art. 3 Ley 26.773). El IBM se actualiza por RIPTE.
El resultado se compara con el piso mínimo legal vigente (Res. SRT 37/2025: $87.629.423 para incapacidades del art. 14; Res. SRT 15/2026: $97.502.420 para incapacidades del art. 15) y se aplica el monto mayor.

Conforme el art. 20 de la Ley 24.557, la ART debe garantizar atención médica completa, farmacia, prótesis, ortopedia, kinesiología, rehabilitación, recalificación profesional y traslados, sin tope ni costo para el trabajador.
Además debe pagar las prestaciones dinerarias por ILT (mientras dure la incapacidad temporaria) y la indemnización por incapacidad permanente cuando corresponda, junto con el 20 % adicional de la Ley 26.773 si el siniestro fue dentro del establecimiento o estando a disposición del empleador.

Sí. En las jurisdicciones adheridas a la Ley 27.348 (Provincia de Buenos Aires y CABA están adheridas), el paso previo por la Comisión Médica jurisdiccional es obligatorio y agota la instancia administrativa.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha confirmado la constitucionalidad del régimen en los fallos “Pogonza” (2021) y “Behrens c/ Asociart” (5/11/2024). El patrocinio letrado del trabajador es obligatorio y los honorarios profesionales corren por cuenta de la aseguradora (Res. SRT 298/17, art. 37).

Si la ART demora o niega estudios, rehabilitación, medicación, cirugía o interconsultas, conviene dejar constancia escrita del pedido y conservar todas las indicaciones médicas. El reclamo no debe limitarse a esperar una respuesta telefónica. Hay que revisar si existe diagnóstico, qué tratamiento fue indicado, qué prestación falta y cómo impacta la demora en la recuperación. En estos casos puede corresponder iniciar un trámite por divergencia en prestaciones o avanzar con una intimación, según la urgencia y la conducta de la ART.

El alta sin incapacidad no siempre significa que no corresponda indemnización. Si persisten dolores, limitaciones, pérdida de movilidad, secuelas o necesidad de tratamiento, conviene revisar historia clínica, estudios y tareas habituales. Puede discutirse si el alta fue prematura o si la ART omitió valorar secuelas reales. La estrategia depende de la lesión, la documentación médica y el tiempo transcurrido desde el alta.

La recalificación laboral puede corresponder cuando el trabajador no puede volver a realizar sus tareas habituales por las secuelas del accidente o enfermedad profesional. En esos casos se analiza si puede ser reubicado en tareas compatibles, si necesita capacitación o si la limitación impacta en su continuidad laboral. No debe confundirse con una simple asignación de tareas livianas: requiere evaluar capacidad funcional, puesto de trabajo y posibilidades reales de reinserción.

Estudio Jurídico Luquelli & Asociados

Abogados de Daños y Perjuicios, Accidentes y Reclamos Contractuales en Morón — Buenos Aires

Representación legal en accidentes de tránsito, accidentes laborales y reclamos a la ART, accidentes náuticos, daños y perjuicios en vía pública, así como en incumplimientos contractuales, reclamos contra aseguradoras y vicios ocultos en la compraventa de vehículos. Honorarios pactados a resultado, primera consulta sin cargo y atención remota por videollamada en todo el país.

Capital Federal

CABA & Justicia Nacional

Actuación ante los fueros civil, comercial y del trabajo. Accidentes en avenidas, transporte público y reclamos contra aseguradoras.

GBA Norte

Tigre, San Isidro, Vicente López, Pilar

Cobertura del corredor norte y parques industriales de Pilar y Garín. Accidentes náuticos en el Delta del Tigre y Río de la Plata.

GBA Sur

Lanús, Quilmes, Avellaneda, Lomas de Zamora

Corredor industrial y logístico del sur del conurbano. Accidentes laborales en depósitos, transporte de cargas y zonas portuarias.

GBA · Cobertura total

Gran Buenos Aires

Reclamos a la ART, accidentes laborales y enfermedades profesionales en los veintidós departamentos judiciales de la Provincia de Buenos Aires.

Resto del país · Atención remota

Interior · Argentina online

Consulta y representación a distancia por WhatsApp, videollamada y firma digital en cualquier provincia argentina, con la misma documentación y formalidad profesional.

Casos que reclamamos
  • Accidentes ocurridos durante la jornada laboral
  • Accidentes “in itinere” (trayecto casa–trabajo)
  • Lesiones, secuelas físicas, psíquicas y rehabilitación
  • Reclamos formales ante ART, Comisión Médica y SRT
Especialistas en accidentes de
  • Peatones
  • Ciclistas
  • Motociclistas
  • Conductores de auto
  • Pasajeros de transporte público
  • Subte y tren
  • Colectivos y taxis
  • Embarcaciones náuticas
Reclamos contractuales y contra aseguradoras
  • Robo total y destrucción total de automotor
  • Seguro de vida con reticencia
  • Compraventa de vehículos con vicios ocultos
  • Compras online y comercio electrónico
  • Mudanzas y transporte de cargas
  • Servicios profesionales no prestados
  • Contratos de obra abandonados
  • Rechazo de pago y deudas comerciales
  • I
    Primera consulta sin cargo Evaluación inicial de viabilidad del reclamo, sin honorarios anticipados.
  • II
    Honorarios a resultado Sin adelantos. Pago vinculado al éxito efectivo del reclamo.
  • III
    Atención presencial & remota Oficina en Morón y videollamada con firma digital para todo el país.
  • IV
    +8 años de trayectoria Especialización en derecho de daños, laboral y consumeril.
¿Preferís hablar?
Llamanos ahora
¿Tuviste un accidente?
Asesorate Gratis Aquí
Iniciá tu
Reclamo