Variables que definen el monto final
- Porcentaje de incapacidad sobreviniente determinado por pericia médica oficial conforme baremos vigentes.
- Edad del damnificado al momento del siniestro: a menor edad, mayor proyección de vida productiva.
- Ingresos demostrados en los doce meses previos al accidente.
- Tipo y gravedad de las lesiones: fracturas, traumatismos, intervenciones quirúrgicas, secuelas estéticas.
- Impacto psicológico acreditado por pericia psicológica.
- Daños materiales al rodado e indumentaria de protección.
Fórmulas que aplican los tribunales
Para la incapacidad sobreviniente, los jueces argentinos aplican habitualmente fórmulas matemáticas como la "Vuoto" o la "Méndez", que consideran ingreso mensual, porcentaje de incapacidad, edad y expectativa de vida productiva. La Cámara Nacional Civil y la Suprema Corte bonaerense han venido aplicando criterios que privilegian la reparación integral consagrada en el art. 1740 CCCN.
Rubros que se suman al cálculo
- Daño moral tasado por el juez según gravedad y circunstancias personales.
- Daño psicológico autónomo respecto del moral, si hay secuela diagnosticada.
- Daño estético cicatrices, deformaciones, alteraciones visibles.
- Lucro cesante ingresos no percibidos durante la baja.
- Gastos médicos pasados y futuros debidamente documentados.
- Tratamiento psicológico y rehabilitación a futuro.
- Privación de uso del rodado.
Importante: la primera oferta del seguro suele ser baja
Las ofertas extrajudiciales que reciben los motociclistas damnificados suelen cubrir solo daños materiales y gastos médicos básicos, sin contemplar incapacidad, daño moral ni psicológico. La diferencia entre lo que ofrece el seguro y lo que se obtiene en sede judicial puede ser de 3 a 5 veces.