Daño material directo
Comprende los daños patrimoniales tangibles derivados del siniestro: reparación o reposición del vehículo, repuestos, mano de obra, peritaje mecánico. También incluye objetos personales destruidos en el impacto (notebooks, cascos, equipaje, indumentaria).
Daño emergente
Todo gasto efectivamente erogado a raíz del accidente: atención médica, estudios, internación, medicación, kinesiología, traslados sanitarios, prótesis y ortopedia. Se acredita con comprobantes.
Lucro cesante
Los ingresos que dejaste de percibir durante la convalecencia o el período de imposibilidad para trabajar. Aplica a empleados en relación de dependencia, monotributistas, profesionales independientes y comerciantes.
Incapacidad sobreviniente
Cuando el siniestro deja secuelas físicas o psíquicas permanentes que afectan tu capacidad laboral y vital futura. Es uno de los rubros más relevantes en términos económicos. Se cuantifica mediante pericia médica oficial y aplicación de fórmulas como Vuoto o Méndez.
Daño moral
Sufrimiento físico, angustia y padecimiento espiritual derivados del accidente. Es un rubro autónomo, reconocido en todos los siniestros con lesiones, y su cuantificación es facultad del juez según las circunstancias del caso.
Daño psicológico
Secuelas en la salud mental: trastornos de ansiedad, fobias, estrés postraumático. Se acredita con pericia psicológica y se reclama de manera autónoma respecto del daño moral.
Daño estético
Cicatrices, deformaciones, alteraciones visibles que afectan la imagen personal. Tiene tratamiento autónomo en jurisprudencia consolidada de la CNAT y la SCBA.
Privación de uso
El período durante el cual no pudiste utilizar tu vehículo mientras estuvo en reparación o esperando reposición.
Tratamientos futuros
Cuando la pericia médica anticipa la necesidad de cirugías, kinesiología prolongada, terapias o medicación a futuro, se reclaman como capital actualizado.