Accidentes en Transporte Público · Pasajeros

¿Cómo iniciar un reclamo contra una empresa de colectivos?

Si sufriste una lesión, una caída o cualquier perjuicio viajando en colectivo —ya sea en CABA, GBA o el interior—, la empresa de transporte responde por tu integridad como pasajero conforme el contrato de transporte regulado en el Código Civil y Comercial y la Ley de Tránsito 24.449. Te explicamos cómo encarar el reclamo de forma efectiva.

Lectura: 2 min Actualizado 04/05/2026 Por Estudio Luquelli & Asoc.
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1. Documentá el hecho desde el primer momento

Reuní la mayor cantidad de información posible sobre el siniestro: línea, número de interno, dominio del vehículo, fecha, horario y lugar exacto. Si hubo testigos, anotá nombres y datos de contacto. Sacá fotos del lugar y registrá lo ocurrido (frenada brusca, choque, caída por puerta abierta, etc.).

2. Hacé la consulta médica aunque la lesión parezca menor

Concurrí a una guardia o a un profesional el mismo día. Conservá certificados, estudios, recetas y constancias de atención: son la base probatoria de cualquier reclamo posterior. Muchas lesiones cervicales o lumbares se manifiestan días después del accidente.

3. Reclamo administrativo ante el organismo de control

Según la jurisdicción, el reclamo puede iniciarse ante la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) en líneas interjurisdiccionales o ante el organismo provincial/CABA correspondiente. Este reclamo deja constancia formal pero no reemplaza la acción legal indemnizatoria.

4. Reclamo legal por daños y perjuicios

Cuando hay lesiones físicas o secuelas, corresponde iniciar un reclamo civil contra la empresa transportista y su compañía aseguradora. Bajo el régimen de responsabilidad objetiva del transportista, no es necesario probar la culpa: basta acreditar el daño y la condición de pasajero. Los rubros indemnizables incluyen incapacidad sobreviniente, daño moral, gastos médicos, lucro cesante y tratamiento futuro.

Precauciones importantes

  • No firmes ningún acuerdo ni recibo sin revisión legal previa.
  • El plazo de prescripción para reclamar daños personales es de 3 años conforme el art. 2561 CCCN.
  • La empresa responde aun cuando no hubo colisión: una frenada que te tira al piso ya activa la responsabilidad contractual del transportista.

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